VALORACIÓN EXPROPIATORIA

¿Se encuentra afectado por una expropiación de interés publico?

¿Forma parte de una junta de Compensación pero tiene clara su intención de acorgerse a ellos?

¿Le falta asesoramiento en material y los valores que le pueden llegar a corresponder?

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Sociedad de Tasación Inscrita en el Banco de España con el nº 43-23 el 2 de enero de 1987

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El propietario de un bien o derecho afectado por un expediente de expropiación tiene derecho a establecer el valor de lo expropiado de una forma justificada a través de una hoja de aprecio.

Los expedientes de expropiación pueden ser procesos complejos que requieran del asesoramiento de un equipo técnico de expertos que cuantifiquen el justiprecio de la expropiación de los activos afectados y la indemnización a la que se tenga derecho por los perjuicios económicos o patrimoniales sufridos.

Además del valor de los bienes afectados, puede ser necesario estimar el valor de gastos de traslado, lucro cesante transitorio o permanente, fondos de comercio o elementos no removibles, conceptos con los que nos encontramos absolutamente familiarizados.

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  • Tasación para el mercado hipotecario.
  • Riesgos para concesión de créditos.
  • Valoración de mercado para leasing.
  • Determinación de patrimonio de las instituciones de inversión colectiva immobiliaria y de los fondos de pensiones.
  • Valoración del sector de actividad.
  • Valoración de inmuebles de acuerdo con las N.I.C.
  • Regularizaciones de balances, amortizaciones reales.
  • Fusiones, absorciones, join ventures, escisiones.
  • Ventas y compras.
  • Valoración de aportaciones no dinerarias.
  • Venta de participantes empresariales. Particulares.
  • Operaciones de compra-venta.
  • Herencias.
  • Actualizaciones del valor de su patrimonio.
  • Préstamos o créditos hipotecarios.
  • Litigios.
  • Peritos.
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